27/07/2015 Acuerdos SETIA

CUOTA SOLIDARIA - SETIA

La retención deberá realizarse a partir de mes de JULIO 2015 (Ver mas...)

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Respecto a la nota que nos fuera remitida por el Sindicato de Empleados Textiles de la Industria y Afines de la R.A. SETIA mediante la cual nos informa que, teniendo en cuenta que la homologacion del acta complementaria del Expediente 16682022/15 que obliga a las empresas textiles a actuar como agente de retencion de la cuota solidaria se produjo con fecha 21/07/2015, dicha Organizacion Gremial a dispuesto que la retencion debera practicarse a partir del mes de julio de 2015, DEJANDO SIN EFECTO la correspondiente al mes de junio.

 

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