03/01/2019 Legislación

Adelanto del Mínimo No Imponible

Aquí encontrará las normas y las novedades respecto del adelanto del MNI para textiles, indumentaria, marroquinería y calzado.

Comparte esta nota

La documentación disponible puede descarlarla al pie de esta nota y es la siguiente:
 

  • Ley Nº 27.430 - Reforma Tributaria. En su artículo Nº 165 modifica el Decreto Nº 814/01 y fija el mínimo no imponible con la implementación gradual.
  • Decreto Nº 1067/2018 - Beneficio textiles: Se establece que los Sectores Textil, de Confección, de Calzado y Marroquinería podrán aplicar el 100% de la detracción del Art. 165 de la Ley de Reforma Tributaria a partir de noviembre de 2018.  Información importante: en el anexo de esta norma aparece el listado de actividades (CLAE) que son beneficiarias de este régimen.
  • Disposición 1/2018: Se amplía el listado de convenios colectivos que se encuentran alcanzados por el beneficio del que gozan los empleadores de los sectores textil, confección, calzado y marroquinería.
  • Resolución Nº 127/2018: Fija el procedimiento para acceder al MNI y tiene dos anexos: (i) Anexo I: listado de convenios colectivos incluidos en el beneficio; (ii) Anexo II:  formulario de solicitud para acceder al Decreto 1067.
  • Resolución 3/2018: actualización del monto de la detracción a $17.509,20 a partir del 1° de enero de 2019.
  • Resolución General Nº 4393/2019: Adecuación del sistema de AFIP para tramitar el beneficio. Importante:  Código de condición 13, Código de actividad: 119
  • Instructivo MNI: paso a paso para realizar el trámite con capturas de pantalla.

 

 

Debe estar logueado para acceder a la información completa.

Ingreso
UIA 2021
Directorio de empresas imagen
 
Asociaciones vinculadas iamgen
FITA
AAIP RNBD