29/07/2015 Legislación

Aranceles para la importación de Bienes de Capital

Mediante Decisión N° 25/15 del Consejo del Mercado Común (CMC) del MERCOSUR, se habilita a mantener hasta diciembre de 2021 los regímenes nacionales vigentes de importación de Bienes de Capital.

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Mediante la Decision N° 25/15 del Consejo del Mercado Comun (CMC) del MERCOSUR, se habilita a mantener hasta el 31 de diciembre de 2021 los regimenes nacionales vigentes de importacion de Bienes de Capital de los Estados Parte, tal como se expone en el Articulo 3 del documento.

Tal como veniamos anticipando, respecto de lo exiguo del plazo del Decreto N° 900/15, mediante el cual se reducian del 14% al 2% las alicuotas de importacion extrazona (D.I.E.) para determinados Bienes de Capital, FITA realizo de manera urgente las gestiones para solicitar una prorroga de los plazos, con el objetivo de extender la vigencia de la rebaja.

Asi, la ultima decision del CMC en el marco del Mercosur, da lugar a que en el ambito nacional se dicte el Decreto correspondiente que posibilite la  baja de las alicuotas ya referidas, tal como informo FITA oportunamente. Es decir, que si bien ya se aprobo la prorroga en el ambito del MERCOSUR, debemos estar atentos a la publicacion de la medida por parte de nuestras autoridades nacionales.

No obstante ello si dentro de un  de un plazo prudencial, no se ha producido dicho hecho, nuestra Entidad iniciara las gestiones pertinentes a fin de concretarlo.

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